domingo, 11 de octubre de 2015

Práctica 2.

En la segunda clase de prácticas, hemos realizado una ficha en la que aparecían diferentes funciones de los cargos directivos (director, jefe de estudios y secretario). Con los grupos realizados en la práctica anterior, teníamos que decidir si las funciones de la ficha pertenecían al director, al jefe de estudios o al secretario.

Una vez hemos terminado de realizar la actividad, la profesora ha corregido la ficha junto a toda la clase. Mi grupo ha fallado sólo en dos funciones, lo que quiere decir que conocemos bien a quien pertenecen dichas funciones.

Esta práctica me ha servido para conocer mejor las funciones del director, el jefe de estudios y el secretario. Además, hemos podido comprobar que con la LOMCE se le ha dado mucho poder al director, el cual realiza muchas funciones, incluso algunas que con la LOE pertenecían al jefe de estudios.

Tema 2. La estructura organizativa de los centros de Educación Infantil y Primaria: Órganos de Gobierno y Coordinación.

1. Normativa de referencia general

Según el Título VI. Cap. I. de la LOE los centros docentes que ofrezcan enseñanzas reguladas en esta Ley, se regirán por la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio. Estos se clasifican en públicos (aquellos cuya titularidad sea pública) y privados (aquellos cuyo titular sea una persona física o jurídica). Los privados concertados son aquellos cogidos a un concierto.

En cuanto a la participación, autonomía y gobierno de los centros, estará regido por la LODE. Además, las administraciones fomentarán la participación de todos los agentes educativos.

En el Titulo V de la LOE. Capítulo III encontramos la composición y competencias del Consejo Escolar, la composición y competencias del Claustro de Profesores y otros órganos de coordinación docente.

Por otra parte, en el Capítulo IV de este mismo título, encontramos la dirección de los centros públicos.

En el último lugar, es importante nombrar la Resolución de 12 de junio de 2015, por la que se dictan instrucciones para la organización y funcionamiento en las escuelas de Educación Infantil de segundo ciclo y colegios de Educación Primaria durante el curso 2015-2016, y el Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. ROF.

2. Organigrama del centro educativo

De manera gráfica representa la estructura de los órganos de responsabilidad de una organización. Además, nos informa del número, nombre, composición y funciones de sus elementos.

En ellos encontramos:
- Órganos de gobierno: Director, Jefe de estudios y Secretario/a (unipersonales)
- Órganos de participación: Consejo Escolar y Claustro docente (colegiados)
- Órganos de coordinación: Equipos docentes y de ciclo, Coordinador/a TIC, Coordinador de Formación en el Centro, Tutorías, profesorado y Comisión de Coordinación Pedagógica



Debemos decir que hay tres formas de representarlos:

- Estructurales. Representan las unidades y su relación
- Funcionales. Representan las unidades, relaciones y funciones.
- De personal. Representan el nombre de la unidad, tipo de responsabilidad y nombre del personal adscrito.

3. El Consejo Escolar

El consejo escolar esta compuesto por los siguientes miembros:

- El director del centro, que será su presidente.
- El jefe de estudios.
- Un concejal o representante del Ayuntamiento.
- Un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
- Un número de padres y alumnos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
- Un representante del personal de administración servicios del centro.
- El secretario del centro, que actuará con voz y sin voto.

Además, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria, aunque los de los dos primeros cursos no podrán participar en la selección o el cese del director.

Por último, determinar el número total de miembros del Consejo Escolar corresponde a las Administraciones educativas.



4. Competencias del Consejo Escolar

Algunas de las competencias del Consejo Escolar son:

- Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el II del título V de la presente ley orgánica.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

5. El Claustro de Profesores

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

Este será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Entre sus competencias podemos destacar las siguientes:

- Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
- Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.



6. Funciones del Director/a

Algunas de las funciones del director son:
- Ostentar la representación del centro y representar a la administración educativa en el centro.
- Cumplir y hacer cumplir las leyes y normas en vigor.
- Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro, así como dirigir la gestión de los medios materiales.
- Coordinar y fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, procurando los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones.
- Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres de alumnos y personal de administración y servicios.
- Suministrar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
- Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de su demarcación.



Por otra parte, también debemos hablar del equipo directivo. Este es el órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, y estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las administraciones educativas. Estos trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones. Además, el director formulará propuestas de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario. Por último, las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.

7. Funciones del jefe/a de estudios

Entre algunas de las más destacadas funciones del jefe/a de estudios encontramos:
- Sustituir al director.
- Confeccionar los horarios académicos y velar por su cumplimiento.
- Coordinar la acción de los tutores.
- Organizar los actos académicos.
- Buscar el óptimo aprovechamiento de todos los recursos didácticos y de los espacios existentes en el centro.
- Organizar el cuidado del alumnado en los periodos de recreo y otras actividades no lectivas.

8. Funciones del secretario/a

De las funciones del secretario/a podemos destacar:
- Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.
- Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
- Custodiar los libros y archivos del centro.
- Realizar el inventario del centro y mantenerlo actualizado.
- Ejercer, bajo la autoridad del director, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.

9. Comisión de Coordinación Pedagógica

Esta comisión está formada por:
- El director/a.
- El jefe/a de estudios.
- Los coordinadores de ciclo.
- El especialista de psicología y pedagogía del servicio psicopedagógico escolar.
- El maestro/a de educación especial.
- Actuará como secretario/a de la comisión la persona menor de edad.
- En los centros con menos de nueve unidades las funciones de la comisión de coordinación pedagógica serán asumidas por el claustro.

Entre algunas de las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica señalamos:
- Analizar, desde el punto de vista educativo, el contexto cultural y sociolingüístico del centro para el diseño del plan lingüístico.
- Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial para su inclusión en los proyectos curriculares.
- Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación, de acuerdo con las decisiones incluidas en los proyectos curriculares.
- Coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado del centro.

10. Equipos de Ciclo

Los componentes y funciones de los equipos de ciclo son las siguientes:
- Agrupan a todo el profesorado que imparta docencia en un mismo ciclo,
- Desempeñan sus funciones bajo la supervisión del jefe/a de estudios.
- Están dirigidos por un coordinador/a, que deberá ser maestro/a que imparta en el ciclo y desempeñan el cargo durante dos cursos.

11. Los tutores

La tutoría y la orientación del alumnado formará parte de la función docente y cada grupo de alumnos tendrá un profesor/a tutor, que será designado por el director/a, a propuesta del jefe/a de estudios, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro.

Algunas de sus funciones son:
- Llevar a cabo el PAT establecido en el proyecto curricular del nivel correspondiente y aprobado por el claustro.
- Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar en ellos el desarrollo de actitudes participativas.
- Orientar a los alumnos en su proceso de aprendizaje.
- Informar a los padres, madres o tutores legales, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes.
- Fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres o tutores legales de los alumnos.

12. Funciones del profesorado

Entre las funciones del profesorado cabe destacar:
- La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
- La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.



 

                                                       


sábado, 3 de octubre de 2015

Práctica 1.

En la primera clase de prácticas, hemos completado un informe sobre la formación del grupo de trabajo con el que estaremos en las clases de prácticas.

En primer lugar, nos hemos distribuido las diferentes funciones (secretario, coordinador, portavoz...) entre los componentes del grupo. Una vez establecidas las funciones, hemos decidido como vamos a trabajar en las clases de prácticas, es decir, como vamos a actuar cada componente del grupo en relación a la función que le toque desempeñar. Además, para no caer en la rutina, hemos decidido que los puestos roten cada cierto tiempo (2 o 3 semanas).

 Por último, la profesora nos ha explicado dónde podemos consultar para conocer la legislación educativa e información de centros escolares. Para ello, nos ha facilitado dicho enlace: http://www.cece.gva.es/es/. Aquí podemos encontrar noticias sobre la educación, una guía de centros docentes, acceso a la normativa, etc.

En mi opinión, me parece una página muy completa y en la que puedes encontrar mucha información de interés, ya que además de haber información sobre educación, también puedes encontrar los apartados de cultura y deporte.

Además, durante este curso nos resultará muy útil a la hora de realizar búsquedas por internet sobre trabajos, ya que en ella, como ya hemos dicho, podemos encontrar mucha información.

Ampliación del tema 1.

Para ampliar la información aportada anteriormente sobre la evolución del sistema educativo español he decidido buscar información sobre El marqués de Condorset.

La teoría más completa y más moderna que dio origen a la escuela pública se debe a este autor. Condorset formó parte del movimiento ilustrado e integró el comité de Instrucción Pública creado por la Asamblea Legislativa de Francia. Ante dicha Asamblea, presentó en abril de 1792 el ''Informe y proyecto de decreto para la organización general de la instrucción pública'', el cual sintetiza y articula las ideas contenidas en sus cinco Memorias sobre la instrucción pública.

En esas Memorias se formulan los principios que inspiraron la política educativa de las democracias occidentales, entre ellos la idea de la instrucción como un proceso que debe abarcar todas las edades, la igualdad en el acceso a la educación de hombres y mujeres, etc.

Corresponde a la instrucción pública hacer posible la adhesión de los ciudadanos a los derechos del hombre y a la opinión mayoritaria durante las votaciones, pero como subraya Condorset: ''Es preciso que amando las leyes, sepamos juzgarlas''.

Condorset se propone basar la búsqueda del bien público en la persecución de la verdad. Este hace depender las ''luces políticas'' de las luces generales y une los tres vértices: el saber, el derecho y la libertad.

A las exigencias jurídicas y epistemológicas, añade una preocupación humanista: lo verdadero y lo justo se extienden al amor a la humanidad y a la libertad. La instrucción –según Condorset- debe apuntar tanto al perfeccionamiento de la humanidad como a la perpetuación de la república, razón por la cual, considera a la instrucción como una escuela de humanidad.
Son tres los grandes aprendizajes complementarios y necesarios que unifican las tesis de sus cinco Memorias sobre la instrucción pública: el aprendizaje de los saberes elementales en el seno de una historia general de la razón humana, el aprendizaje de la ciudadanía ilustrada y de los derechos del hombre y el aprendizaje del sentimiento de humanidad.

En Condorcet, la escuela enseña para que cada uno se convierta en su propio educador, capaz de consultar a su razón en cualquier asunto. En su Primera Memoria Sobre la Instrucción Pública se lee: ''El objetivo de la instrucción no es hacer admirar a los hombres una legislación terminada, sino hacerlos capaces de apreciarla y de corregirla''.
Para más información, consultar El marqués de Condorset .

Por otra parte, en esta página podemos encontrar un pequeño resumen sobre su biografía http://www.buscabiografias.com/biografia/verDetalle/590/Jean%20Antoine%20Condorcet%20-%20Nicolas%20de%20Condorcet


Además, ahora vamos a hablar sobre la reforma Gentile, en la que se inspiró la Educación Franquista, como hemos dicho anteriormente.

La reforma del ministro Giovanni Gentile (1923) confirió a la educación un carácter tradicionalista y elitista. Potenció la enseñanza de las humanidades y la religión, al tiempo que atribuyó a la mujer un papel social alejado del ámbito laboral y de los puestos de responsabilidad (Reforma Gentile)
Esta reforma consistía básicamente en utilizar la educación para moldear el perfecto hombre fascista. Los maestros transmitían los valores del nuevo Estado y exaltaban la pertenencia del individuo a la gran comunidad nacional. Gentile implantó los textos únicos de enseñanza para todos los italianos, acabando de hecho con la libertad de cátedra. También dió una extraordinaria importancia al estudio del pasado como medio para legitimar el presente. (El totalitarismo en la escuela)

Por último, en esta página http://www.filosofia.org/mfa/fae836a.htm podemos encontrar el Plan de Instrucción Pública del 4 de agosto de 1836.