La última práctica de esta asignatura consistía en realizar un cuestionario relacionado con alguno de los temas propuestos por la profesora de prácticas, para trabajar con el tema de la evaluación del centro y el alumnado.
Los temas entre los que teníamos que elegir eran los siguientes:
En mi grupo decidimos realizar el cuestionario sobre el trabajo del alumnado. Para ello, utilizamos los indicadores y el modelo uno que nos había explicado Asunción. Algunos de los indicadores que utilizamos para realizar el cuestionario fueron los siguientes:
- Estudio una hora como mínimo al día.
- Entiendo las explicaciones del profesor/a
- Cuando tengo alguna duda le pregunto al profesor/a.
- Ayudo a mis compañeros.
- Hago los deberes.
- Atiendo en clase.
En total, el cuestionario contaba con unos quince indicadores, que sirven para evaluar los trabajos realizados por el alumnado y su orientación y evaluación por parte del profesorado.
Con la realización de esta práctica hemos aprendido como se hacen los cuestionarios para evaluar el centro y su alumnado. Por eso, ha sido muy útil realizar el cuestionario nosotros mismos, para poder conocer como se utilizan los indicadores y que elementos del centro se pueden evaluar a través de ellos.
Portfolio GICE
lunes, 21 de diciembre de 2015
Ampliación del tema 10.
Respecto a la evaluación del profesorado, en esta página http://www.peremarques.net/evaprofe.htm podemos encontrar diferentes modelos de encuestas para su evaluación.
Respecto a la autoevaluación, aquí podemos encontrar modelos de encuestas para la autoevaluación del profesorado. http://www.ite.educacion.es/formacion/materiales/90/cd/cursofor/cap_4/cap4c.htm
Además, también he buscado información sobre la elaboración de planes de mejora, y aquí tenemos sugerencias para su elaboración:
1. Identificar el área de mejora.
2. Establecimiento de factores que inciden en la situación.
3. Establecer el área de mejora y los objetivos a alcanzar en dicha área.
4. Establecer las acciones de mejora y su prioridad.
5. Determinar cada una de las acciones, en todos sus elementos, para cada área de mejora.
Para más información, consultar http://evalua.educa.aragon.es/admin/admin_1/file/DocApoyoRealizacion/SugerenciaParaLaElaboracionDePlanesDeMejora.pdf
Respecto a la autoevaluación, aquí podemos encontrar modelos de encuestas para la autoevaluación del profesorado. http://www.ite.educacion.es/formacion/materiales/90/cd/cursofor/cap_4/cap4c.htm
Además, también he buscado información sobre la elaboración de planes de mejora, y aquí tenemos sugerencias para su elaboración:
1. Identificar el área de mejora.
2. Establecimiento de factores que inciden en la situación.
3. Establecer el área de mejora y los objetivos a alcanzar en dicha área.
4. Establecer las acciones de mejora y su prioridad.
5. Determinar cada una de las acciones, en todos sus elementos, para cada área de mejora.
Para más información, consultar http://evalua.educa.aragon.es/admin/admin_1/file/DocApoyoRealizacion/SugerenciaParaLaElaboracionDePlanesDeMejora.pdf
Por otra parte, en la página siguiente podemos encontrar información sobre los indicadores del rendimiento académico, que nos pueden resultar interesantes respecto a la evaluación. http://www.monografias.com/trabajos71/indicadores-rendimiento-academico-evalucion-calidad/indicadores-rendimiento-academico-evalucion-calidad2.shtml
Por último, quería dejar el enlace hacia una página en la que encontramos una guía de gestión por procesos, de la Consellería de Educación. http://www.ceice.gva.es/eva/docs/calidad/publicaciones/es/procesos.pdf
Tema 10. Evaluación de centros: modelos e instrumentos para la mejora de la gestión. Los planes de mejora y la gestión de procesos (protocolos)
1. Introducción
Evaluar es medir para saber el grado en el que se han de conseguir cada uno de los objetivos planteados, para detectar los problemas que está teniendo la organización, para reorientar la aplicación de los planes y para mejorar el rendimiento o grado de consecución de los objetivos.
A partir de la LOGSE (1990) el nuevo modelo educativo, entiende la evaluación como algo más que el control de los resultados del alumnado. La evaluación se entiende como un proceso continuo y formativo que atiende a aspectos cuantitativos y cualitativos, como uno de los principios de la actividad educativa, y como factor de calidad.
Con la LOE (2006) y la LOMCE (2013) se considera la evaluación como un elemento fundamental para la mejora de la educación, y entienden que la evaluación es un instrumento favorecedor de la transparencia del sistema educativo.
Respecto a este tema, encontramos la Orden del 13 de diciembre de 2007, de la Consellería de Educación, sobre evaluación en educación primaria.
3. Fases, tipos y modalidades de evaluación
La evaluación de los procesos de enseñanza es una actividad integrada en el proceso educativo que tiene como finalidad la mejora de dicho proceso, incidiendo en los factores personales y ambientales que intervienen en él.
El proceso de evaluación consta de las siguientes fases: planificación, ejecución, información y toma de decisiones.
En él se evalúa:
- El Sistema Educativo. Alumnado, profesorado, procesos educativos, función directiva, centros docentes, inspección y la propia Administración educativa.
- Los centros escolares. Aquí encontramos cuatro aspectos:
1. Aspectos didácticos. Agrupamientos, horarios, espacios, mobiliario, materiales, biblioteca...
2. Aspectos estructurales. Equipo directivo, estilo de liderazgo, canales de comunicación...
3. Dimensiones institucionales. Control de asistencia, relaciones con el entorno...
4. Aspectos relacionales. Clima del centro, participación de los padres, relaciones de los alumnos entre ellos y con los profesores...
Esta evaluación se realiza a partir del análisis y reflexión conjunta de los proyectos del centro, y utilizando modelos de gestión de la calidad.
- Los procesos de enseñanza. La evaluación de los aprendizajes del alumnado que será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo.
En esta evaluación hay que tener en cuenta:
1. La organización y gestión de espacios, tiempos y recursos.
2. La acción coordinada del equipo docente.
3. La acción coherente y coordinada de los órganos de planificación.
4. El intercambio de información con las familias.
5. La práctica docente con relación a la adecuación de las programaciones didácticas.
- Los elementos del proceso de enseñanza, es decir, el Proyecto Curricular de Centro, las programaciones del aula, los materiales curriculares y las actividades educativas.
- La práctica docente. Sirve para ajustar las actuaciones del docente en el proceso de enseñanza-aprendizaje, orientándolo y reforzando los contenidos insuficientemente adquiridos por los alumnos/as.
Por otra parte, establecemos dos tipos de evaluación: formativa y sumativa. Y a su vez, tres modalidades: inicial, procesual o continua y final.
La evaluación formativa nos proporciona información para poder orientar y dirigir el proceso educativo. Esta se aplica en el transcurso del mismo, para intervenir en caso de descubrir situaciones que no funcionan y tiene dos funciones: diagnóstica, al pretender localizar los avances y obstáculos y hacer un análisis de ellos, y orientadora, para reconducir las situaciones en que se han producido los desajustes.
La evaluación sumativa se produce al finalizar un proceso o programa determinado, para analizar el resultado del mismo y valorar los aspectos a analizar. Esta tiene una finalidad esencialmente valorativa y calificativa.
Por otra parte, la modalidad de evaluación inicial es la tarea evaluadora que se produce, o debe producirse, al comienzo del proceso educativo. Además, son las acciones encaminadas a obtener un conocimiento, lo más ajustado posible, de las situaciones de partida; pretendiendo, además diagnosticar, tanto los contextos como las aptitudes.
Respecto a la modalidad de evaluación continua, se lleva a cabo durante un proceso o una actividad con el fin de conocer como ésta se está desarrollando en referencia a un plan definido previamente, constituyéndose, de este modo, en uno de los rasgos básicos de la evaluación formativa ya que supone una constatación permanente de la evolución del alumnado o la valoración del funcionamiento del centro a lo largo de un período de tiempo.
La modalidad de evaluación final es la que se produce al término del proceso instructivo y evaluativo para delimitar como se ha producido éste en relación a las previsiones iniciales y determinar aquello que podría mejorarse en un futuro. Consiste en la obtención de datos al terminar el período de tiempo previsto para la realización de un trabajo o la consecución de los objetivos. Esta dimensión suele referirse a resultados.
Además, según su extensión la evaluación puede ser global (abarca todos los componentes del centro educativo) y parcial (el estudio y valoración de determinados componentes o aspectos del centro).
Según los agentes que intervienen en ella puede ser interna, cuando la realizan los propios integrantes de la institución evaluada, o externa, cuando agentes no pertenecientes a la institución evalúan el funcionamiento del centro. Dentro de la interna encontramos:
- Autoevaluación. El profesorado se evalúa a sí mismo.
- Heteroevaluación. El equipo directivo evalúa a los profesores. El profesor evalúa al alumnado.
- Coevaluación. Los distintos sectores de la comunidad se evalúan entre sí.
4. Modelos de autoevaluación
Los indicadores son las referencias con las que hemos de comparar nuestra práctica para saber hasta dónde hemos llegado respecto
a un determinado objetivo. En la evaluación se han de considerar indicadores de
percepción y rendimiento.
Los indicadores de percepción sirven para medir el grado de satisfacción de los usuarios o de los docentes respecto al funcionamiento de algún aspecto de la organización.
Los indicadores de rendimiento son evidencias que se han de dar después de la implementación de un Plan de Mejora para asegurar el funcionamiento correctamente.
El más importante es el modelo de autoevaluación EFQM (Fundación Europea para la gestión de la calidad).
Este consta de 9 criterios (5 facilitadores y 4 de resultatados). En total esta subdividido en 32 sub-criterios respecto al que se comparan las organizaciones. Cada criterio tiene un valor respecto al total. La importancia de unos y otros es diferente en el computo total.
- Agentes facilitadores. Lo que hacemos con los recursos que tenemos.
- Resultados. Lo que queremos conseguir y lo que efectivamente conseguimos.
- Innovación y Aprendizaje.Conclusiones de la evaluación para la mejora de la organización (implantamos nuevos planes o renovamos los que tenemos).
Por otra parte, el mapa de procesos es un gráfico que muestra una imagen general de los ámbitos de organización de una escuela. Tiene tres niveles: estratégico, operativo y de apoyo.
- Nivel estratégico. En él se recogen los Proyectos y Planes de mejora que el centro está implementando o implementará en el futuro. Dentro de la Programación General Anual se añaden los planes a desarrollar.
- Nivel operativo o clave. Son los más importantes por tratarse de los destinados a la atención directa al alumnado
- Nivel de apoyo. Son los procesos que gestiona el equipo directivo relativos al entorno del aprendizaje (gestión económica, etc.).
Evaluar es medir para saber el grado en el que se han de conseguir cada uno de los objetivos planteados, para detectar los problemas que está teniendo la organización, para reorientar la aplicación de los planes y para mejorar el rendimiento o grado de consecución de los objetivos.
Podemos decir que todo proceso de evaluación consiste en dar
respuesta a ¿Qué evaluar?, ¿Cómo evaluar?, ¿Cuándo evaluar? Y ¿Para qué
evaluar?
Como consecuencia de la evaluación ajustamos nuestras
respuestas a las demandas sociales y avanzamos hacia el modelo de escuela por
el que apostamos. A partir de la LOGSE (1990) el nuevo modelo educativo, entiende la evaluación como algo más que el control de los resultados del alumnado. La evaluación se entiende como un proceso continuo y formativo que atiende a aspectos cuantitativos y cualitativos, como uno de los principios de la actividad educativa, y como factor de calidad.
Con la LOE (2006) y la LOMCE (2013) se considera la evaluación como un elemento fundamental para la mejora de la educación, y entienden que la evaluación es un instrumento favorecedor de la transparencia del sistema educativo.
2. Legislación
Los indicadores de percepción sirven para medir el grado de satisfacción de los usuarios o de los docentes respecto al funcionamiento de algún aspecto de la organización.
Los indicadores de rendimiento son evidencias que se han de dar después de la implementación de un Plan de Mejora para asegurar el funcionamiento correctamente.
El más importante es el modelo de autoevaluación EFQM (Fundación Europea para la gestión de la calidad).
Este consta de 9 criterios (5 facilitadores y 4 de resultatados). En total esta subdividido en 32 sub-criterios respecto al que se comparan las organizaciones. Cada criterio tiene un valor respecto al total. La importancia de unos y otros es diferente en el computo total.
- Agentes facilitadores. Lo que hacemos con los recursos que tenemos.
- Resultados. Lo que queremos conseguir y lo que efectivamente conseguimos.
- Innovación y Aprendizaje.Conclusiones de la evaluación para la mejora de la organización (implantamos nuevos planes o renovamos los que tenemos).
Por otra parte, el mapa de procesos es un gráfico que muestra una imagen general de los ámbitos de organización de una escuela. Tiene tres niveles: estratégico, operativo y de apoyo.
- Nivel estratégico. En él se recogen los Proyectos y Planes de mejora que el centro está implementando o implementará en el futuro. Dentro de la Programación General Anual se añaden los planes a desarrollar.
- Nivel operativo o clave. Son los más importantes por tratarse de los destinados a la atención directa al alumnado
- Nivel de apoyo. Son los procesos que gestiona el equipo directivo relativos al entorno del aprendizaje (gestión económica, etc.).
En la evaluación de los procesos clave se establecen unos indicadores para cada uno de los subprocesos clave y se otorga una puntuación a cada uno respecto al total. Además, se compara la organización del Colegio respecto a los indicadores y se asignan las correspondientes puntuaciones. Se realiza una evaluación cada 2 ó 3 años para comparar la marcha del colegio respecto a los indicadores de los procesos clave.
5. Planes de mejora
Se parte de 7 ó 8 objetivos del PEC (proyecto educativo del
centro) y para cada uno de ellos tenemos unas estrategias que pondremos en
marcha para conseguirlos.
Estas estrategias consistirán en Planes de Mejora. Para
cada ámbito de la organización un Plan de Mejora diferente (gestión del
comedor, de las bibliotecas, del plurilingüismo, de las TICs, etc)
La estructura del Plan de Mejora es la siguiente:
- Introducción. Haciendo un análisis de los problemas que
tiene la organización en un ámbito concreto a partir de una evaluación que nos
ha permitido detectarlos. La justificación de por qué vamos a desarrollar este
Plan de Mejora (como respuesta para mejorar el ámbito, etc).
- Objetivos. Cada Plan de Mejora contiene de 3 a 6 ó 7 os que
pretendemos conseguir con el desarrollo de las estrategias y actuaciones que
pondremos en marcha.
- Estrategias. Conjunto de actuaciones concretas que vamos a
poner en marcha para conseguir los objetivos del Plan.
- Cronograma. Para concretar la temporalización de las
actuaciones, hacemos un cronograma concretando como se irán implantado las
actuaciones a lo largo del tiempo.
- Evaluación. Recogemos aquí el conjunto de indicadores que
utilizaremos para evaluar los objetivos con el fin de estudiar en qué grado se
ha conseguido cada uno.
- Publicidad y Marketing. Es importante si recibimos
subvención pública o privada para el despliegue del Plan de Mejora.
- Recursos necesarios. Si recibimos subvención debemos
recoger una previsión de los recursos necesarios y si procede un presupuesto de
ingresos y gastos.
6. Gestión por procesos o protocolos
Para un Plan de Mejora, podemos acordar que alguno de los
ámbitos requiere una organización poermenorizada; para ello ponemos en marcha
un protocolo de actuación propio de la gestión por procesos.
La gestión de un proceso o protocolo consiste en:
- Fijarnos en un ámbito concreto de la organización que es
candente y clave.
- Ampliarlo como si tuviéramos una lupa para ver todos los
aspectos relacionados con el fin de considerar todos los problemas a abordar.
- Diseñar un diagrama de flujo para ordenar las actuaciones
que se pondrán en marcha en el protocolo.
- Enlazar los documentos e instrumentos necesarios para un
fácil acceso.
- Concretar el momento de la evaluación y los responsables de
la misma
Práctica 9.
En esta práctica, formamos un Consejo Escolar entre toda la clase, para hacer una reunión y resolver un caso que nos propuso la profesora Asunción.
En primer lugar, Asunción nos dividió en cuatro grupos. Por un lado, los representantes de los padres y madres del AMPA del centro. Por otro lado, los representantes de los alumnos y alumnas. En tercer lugar, el claustro de profesores, donde me encontraba yo. Y por último, el equipo directivo, formado por el director, el jefe de estudios, y la secretaria. Además, también estaba el representante del Ayuntamiento, que en este caso era la profesora.
El caso práctico sobre el que teníamos que debatir en la reunión del Consejo Escolar consistía en un alumno que se comportaba muy mal en clase, y además, había robado un ordenador del aula de informática. En la reunión, debíamos decidir que medidas tomar para solucionar este caso de alumno conflictivo.
Al comenzar la reunión, el director del centro introdujo el caso sobre el que íbamos a tratar en ella. Primero hablaron los representantes de los padres y madres, entre los que se encontraba el padre del alumno conflictivo. Este intentó defenderse diciendo que su hijo se comportaba de una manera adecuada. Además, los padres estaban en contra de abrir un expediente disciplinario al alumno, ya que de esta manera pensaban que no se solucionaría el problema, porque lo que quería el alumno era eso, no ir al colegio. Por otro lado, los representantes de los alumnos decían que ellos no podían hacer nada para solucionar el problema a pesar de ser mediadores, y también estaban en contra de expulsar al alumno a casa. Por último, intervinieron la tutora del alumno, la profesora de Ed. Física, el profesor de informática que había sufrido el robo del ordenador, y el profesor del servicio psicopedagógico.
Tras realizar todas las intervenciones y debatir sobre el tema, pasamos a realizar la votación sobre si abrir un expediente al alumno o no. Sin embargo, finalmente decidimos que se realizaría otra reunión para finalizar con el tema.
La realización de esta práctica nos ha servido para ver mejor como funcionan las reuniones del Consejo Escolar, ya que habíamos estudiado la teoría sobre este órgano, pero también es necesario ponerla en práctica para aumentar nuestro conocimiento. Personalmente, ha sido la práctica que más me ha gustado, ya que me ha hecho sentir como si realmente ya estuviera trabajando en un colegio y la reunión fuera real.
En primer lugar, Asunción nos dividió en cuatro grupos. Por un lado, los representantes de los padres y madres del AMPA del centro. Por otro lado, los representantes de los alumnos y alumnas. En tercer lugar, el claustro de profesores, donde me encontraba yo. Y por último, el equipo directivo, formado por el director, el jefe de estudios, y la secretaria. Además, también estaba el representante del Ayuntamiento, que en este caso era la profesora.
El caso práctico sobre el que teníamos que debatir en la reunión del Consejo Escolar consistía en un alumno que se comportaba muy mal en clase, y además, había robado un ordenador del aula de informática. En la reunión, debíamos decidir que medidas tomar para solucionar este caso de alumno conflictivo.
Al comenzar la reunión, el director del centro introdujo el caso sobre el que íbamos a tratar en ella. Primero hablaron los representantes de los padres y madres, entre los que se encontraba el padre del alumno conflictivo. Este intentó defenderse diciendo que su hijo se comportaba de una manera adecuada. Además, los padres estaban en contra de abrir un expediente disciplinario al alumno, ya que de esta manera pensaban que no se solucionaría el problema, porque lo que quería el alumno era eso, no ir al colegio. Por otro lado, los representantes de los alumnos decían que ellos no podían hacer nada para solucionar el problema a pesar de ser mediadores, y también estaban en contra de expulsar al alumno a casa. Por último, intervinieron la tutora del alumno, la profesora de Ed. Física, el profesor de informática que había sufrido el robo del ordenador, y el profesor del servicio psicopedagógico.
Tras realizar todas las intervenciones y debatir sobre el tema, pasamos a realizar la votación sobre si abrir un expediente al alumno o no. Sin embargo, finalmente decidimos que se realizaría otra reunión para finalizar con el tema.
La realización de esta práctica nos ha servido para ver mejor como funcionan las reuniones del Consejo Escolar, ya que habíamos estudiado la teoría sobre este órgano, pero también es necesario ponerla en práctica para aumentar nuestro conocimiento. Personalmente, ha sido la práctica que más me ha gustado, ya que me ha hecho sentir como si realmente ya estuviera trabajando en un colegio y la reunión fuera real.
Ampliación del tema 9.
En primer lugar, he encontrado una página en la que podemos encontrar 20 ideas para decorar el aula de primaria. La decoración del aula es un factor importante, ya que motiva al alumnado al realizar su trabajo, y contribuye a la mejora del ambiente escolar. Por ello, es importante que la tengamos en cuenta.
Además, aquí podemos ver 10 estrategias que nos pueden ayudar a fomentar la participación en el aula. Como docentes, es importante que intentemos que todos los alumnos participen en clase, para motivarles en el proceso de aprendizaje y para que se sientan integrados, entre otras cosas.
Por otra parte, pero también en relación al mismo tema, tenemos la participación de las familias. 7 claves sobre la participación familiar en la escuela son:
1. Todas las familias tienen mucho que aportar al aprendizaje escolar de sus hijos e hijas.
2. La participación de las familias en la escuela mejora el rendimiento escolar y la convivencia en el centro.
3. Se pueden construir alianzas fructíferas entre los centros educativos y las familias.
4. La participación familiar beneficia a todas las familias.
5. La participación familiar puede cobrar múltiples formas.
6. Las familias tienen mucho que aportar a la escuela.
7. La participación familiar es un componente esencial de la democratización de las escuelas.
Para más información, consultar http://libroblanco.fuhem.es/wp-content/uploads/2013/10/7_claves_sobre_participacion_familiar_en_la_escuela_2013-10-08-Revisado.pdf
Continuando con el tema de la participación, aquí tenemos una página que nos aporta información sobre la participación en el aula y en el centro escolar. http://www.concejoeducativo.org/alternat/particip.htm
Cambiando de tema, podemos aportar esta página en la que se habla sobre el rendimiento académico de los alumnos y como mejorarlo. http://www.hacerfamilia.com/educacion/noticia-mejorar-rendimiento-escolar-ninos-20150107135256.html
Además, aquí podemos ver 10 estrategias que nos pueden ayudar a fomentar la participación en el aula. Como docentes, es importante que intentemos que todos los alumnos participen en clase, para motivarles en el proceso de aprendizaje y para que se sientan integrados, entre otras cosas.
Por otra parte, pero también en relación al mismo tema, tenemos la participación de las familias. 7 claves sobre la participación familiar en la escuela son:
1. Todas las familias tienen mucho que aportar al aprendizaje escolar de sus hijos e hijas.
2. La participación de las familias en la escuela mejora el rendimiento escolar y la convivencia en el centro.
3. Se pueden construir alianzas fructíferas entre los centros educativos y las familias.
4. La participación familiar beneficia a todas las familias.
5. La participación familiar puede cobrar múltiples formas.
6. Las familias tienen mucho que aportar a la escuela.
7. La participación familiar es un componente esencial de la democratización de las escuelas.
Para más información, consultar http://libroblanco.fuhem.es/wp-content/uploads/2013/10/7_claves_sobre_participacion_familiar_en_la_escuela_2013-10-08-Revisado.pdf
Continuando con el tema de la participación, aquí tenemos una página que nos aporta información sobre la participación en el aula y en el centro escolar. http://www.concejoeducativo.org/alternat/particip.htm
Cambiando de tema, podemos aportar esta página en la que se habla sobre el rendimiento académico de los alumnos y como mejorarlo. http://www.hacerfamilia.com/educacion/noticia-mejorar-rendimiento-escolar-ninos-20150107135256.html
Tema 9. La participación en los centros educativos: problemática actual y factores condicionantes.
1. Normativa de referencia
Para empezar, en la Constitución Española encontramos referencias sobre este tema en el Art. 27, donde se dice lo siguiente:
Artículo 27. Punto 5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante la programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
Artículo 27. Punto 7. Los profesores, los padres, y en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos con fondos públicos en los términos que la ley establezca.
Además, la Ley Orgánica de Derecho a la Educación (LODE) de 1985, en el Artículo 5 dice:
- Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociación.
- Las asociaciones de padres de alumnos tienen las siguientes finalidades:
Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
Colaborar en las actividades educativas de los centros.
Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
- En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos.
- Las asociaciones de padres de alumnos podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias.
- Las asociaciones de padres de alumnos podrán promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación vigente.
- Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la ley, las características específicas de las asociaciones de padres de alumnos.
En el Artículo 19 de esta misma ley vemos:
- El principio de participación de los miembros de la comunidad escolar inspirará las actividades educativas y la organización y funcionamiento de los centros públicos.
- La intervención de los profesores, de los padres y, en su caso, de los alumnos en el control y gestión de los centros públicos se ajustará a lo dispuesto en el Título II de esta Ley.
En este Título (de la participación en la programación general de la enseñanza) se dice:
- Art. 27. Punto 1. Los Poderes públicos garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a la educación mediante una programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados.
- Art. 27. Punto 2. A tales efectos, el Estado y las Comunidades Autónomas definirán las necesidades prioritarias en materia educativa, fijarán los objetivos de actuación del período que se considere y determinarán los recursos necesarios.
- Art. 27. Punto 3. Las comunidades autónomas se encargarán de la programación específica de los puestos escolares en la que se determinarán las comarcas, municipios y zonas donde dichos puestos hayan de crearse.
Además, con carácter previo a la deliberación del Consejo Escolar del Estado, se reunirá la conferencia de consejeros titulares de educación de los consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y el Ministro de Educación y Ciencia.
Por otra parte, podemos ver el cambio entre la LOMCE y la LOE en los principios de la educación (Art. 1)
h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesorado, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
h bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos (LOMCE)
j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.
Respecto al Art. 2: Fines, vemos:
k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural...
LOE: Título V. Participación, autonomía y gobierno de los centros
Capítulo I: Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
Artículo 118. Principios generales (No lo modifica la LOMCE)
1. La participación es un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos con los principios y valores de la Constitución.
2. La participación, autonomía y gobierno de los centros que ofrezcan enseñanzas reguladas en esta Ley se ajustarán a aquello que se ha dispuesto en ella y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en las normas que se dictan en desarrollo de las mismas.
3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios en los centros educativos.
Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados (Corregido por la LOMCE)
1. Las administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a través del Consejo Escolar.
2. El profesorado participará también en la toma de decisiones pedagógicas que corresponden al Claustro, a los órganos de coordinación docente y a los equipos de profesores/as que impartan clase en el mismo curso.
3. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento de los centros, a través de sus delegados del grupo y curso, así como de sus representantes en el Consejo Escolar.
4. Los padres y los alumnos/as podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos.
5. Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados, con las funciones que se indican en esta Ley:
a) Consejo Escolar
b) Claustro de profesorado
Por otra parte, el Título V de la LOE (que mantiene la LOMCE), desarrolla la Participación, autonomía y gobierno de los centros. En el Capítulo III encontramos la normativa referida a los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.
Respecto a la composición del Consejo Escolar, Art. 126, dice:
1. El consejo Escolar de los centros públicos estrá compuesto por los siguientes miembros:
a) El Director/a del centro, que será su Presidente/a.
b) El Jefe/a de estudios.
c) Un concejal/a o representante del Ayuntamiento en el término municipal del que se encuentre el centro.
d) Un número de profesorado, elegido por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
Punto setenta y nueve de la LOMCE: El párrafo d) del apartado 1 del artículo 126 queda redactado de la siguiente manera: d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.
e) Un número de padres-madres y de alumnado, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El Secretario/a del centro, que actúa como Secretario/a del Consejo, con voz y sin voto.
5. El alumnado podrá ser elegido miembro del Consejo Escolar a partir del primer curso de la ESO. No obstante, el de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrá participar en la selección o el cese del Director/a.
El alumnado de educación primaria podrá participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
En el Artículo 127 encontramos las competencias del Consejo Escolar.
Punto ochenta de la LOMCE. El artículo 127 queda redactado de la siguiente forma:
El consejo escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
En relación a los derechos y deberes de las familias, en el artículo cuarto de la LODE encontramos:
1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:
a) Que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
b) A elegir centro docente tanto de público como diferente de los creados por los poderes públicos.
c) Que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.
e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.
g) A ser escuchados en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
En el ROF (Decreto 233/1997 de 2 de septiembre), el Título III, sobre la 'Participación de los padres y madres de alumnos en el centro' se recoge:
Art. 72 1. En las escuelas de Educación Infantil y Primaria, podrán existir las asociaciones de padres y madres de alumnos reguladas en el Decreto 126/86 de 20 de octubre, del Consejo de la Generalitat Valenciana. Estas son entidades para la participación y colaboración en el funcionamiento de los centros educativos, a través de los órganos que los son propios:
- La presidencia del AMPA legalmente constituida al centro.
- La junta directiva del AMPA legalmente constituida en el centro.
2. Ámbitos de participación
En cuanto a la mejora del rendimiento académico:
- Autonomía para el estudio de sus hijos.
- Deberes para casa.
- Uso de la Agenda Escolar.
- Animación y hábitos de lectura.
- Técnicas de estudio.
- Presentación y archivo de trabajos.
- Orden escolar.
En relación a la mejora de la convivencia:
- Inteligencia Emocional.
- Autonomía.
- Buenas prácticas de relación con el centro.
- Medidas frente a medidas inadecuadas.
- Colaboración con los profesores.
- Actividades de convivencia de las familias.
Respecto a la colaboración en la Organización del Aula, del Ciclo y del Centro:
- Vocales de clase.
- Aportación de propuestas.
- Decoración.
- Gestión económica compartida.
- Colaboración salidas y talleres.
3. Dificultades
Los principales problemas que se planteas para la participación en los centros son:
- Claustritis.
- Corporativismo (de docentes y de padres)
- Burocratización en los consejos escolares y poca participación.
- Falta de políticas institucionales.
- Micropolítica de los centros.
- Falta de preparación de los directivos.
- Falta de información.
- Falta de tiempo.
4. Medidas para fomentar la participación
Algunas de las medidas que se pueden llevar a cabo en un centro educativo para fomentar la participación pueden ser:
- Fomentar la formación para la participación.
- Promover mecanismos de información entre toda la comunidad educativa.
- Planificar y promover que todos los miembros de la comunidad educativa asuman funciones de responsabilidad concreta en cada escuela: PEC y comisiones de trabajo.
- Facilitar que los consejos escolares sean verdaderos órganos de participación.
- Mayor autonomía en los centros.
- Fomentar el asociacionismo entre las familias: escuelas de padres.
- Aumentar los mecanismos de información entre toda la comunidad educativa.
Para empezar, en la Constitución Española encontramos referencias sobre este tema en el Art. 27, donde se dice lo siguiente:
Artículo 27. Punto 5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante la programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
Artículo 27. Punto 7. Los profesores, los padres, y en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos con fondos públicos en los términos que la ley establezca.
Además, la Ley Orgánica de Derecho a la Educación (LODE) de 1985, en el Artículo 5 dice:
- Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociación.
- Las asociaciones de padres de alumnos tienen las siguientes finalidades:
Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
Colaborar en las actividades educativas de los centros.
Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
- En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos.
- Las asociaciones de padres de alumnos podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias.
- Las asociaciones de padres de alumnos podrán promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación vigente.
- Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la ley, las características específicas de las asociaciones de padres de alumnos.
En el Artículo 19 de esta misma ley vemos:
- El principio de participación de los miembros de la comunidad escolar inspirará las actividades educativas y la organización y funcionamiento de los centros públicos.
- La intervención de los profesores, de los padres y, en su caso, de los alumnos en el control y gestión de los centros públicos se ajustará a lo dispuesto en el Título II de esta Ley.
En este Título (de la participación en la programación general de la enseñanza) se dice:
- Art. 27. Punto 1. Los Poderes públicos garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a la educación mediante una programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados.
- Art. 27. Punto 2. A tales efectos, el Estado y las Comunidades Autónomas definirán las necesidades prioritarias en materia educativa, fijarán los objetivos de actuación del período que se considere y determinarán los recursos necesarios.
- Art. 27. Punto 3. Las comunidades autónomas se encargarán de la programación específica de los puestos escolares en la que se determinarán las comarcas, municipios y zonas donde dichos puestos hayan de crearse.
Además, con carácter previo a la deliberación del Consejo Escolar del Estado, se reunirá la conferencia de consejeros titulares de educación de los consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y el Ministro de Educación y Ciencia.
Por otra parte, podemos ver el cambio entre la LOMCE y la LOE en los principios de la educación (Art. 1)
h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesorado, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
h bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos (LOMCE)
j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.
Respecto al Art. 2: Fines, vemos:
k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural...
LOE: Título V. Participación, autonomía y gobierno de los centros
Capítulo I: Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
Artículo 118. Principios generales (No lo modifica la LOMCE)
1. La participación es un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos con los principios y valores de la Constitución.
2. La participación, autonomía y gobierno de los centros que ofrezcan enseñanzas reguladas en esta Ley se ajustarán a aquello que se ha dispuesto en ella y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en las normas que se dictan en desarrollo de las mismas.
3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios en los centros educativos.
Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados (Corregido por la LOMCE)
1. Las administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a través del Consejo Escolar.
2. El profesorado participará también en la toma de decisiones pedagógicas que corresponden al Claustro, a los órganos de coordinación docente y a los equipos de profesores/as que impartan clase en el mismo curso.
3. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento de los centros, a través de sus delegados del grupo y curso, así como de sus representantes en el Consejo Escolar.
4. Los padres y los alumnos/as podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos.
5. Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados, con las funciones que se indican en esta Ley:
a) Consejo Escolar
b) Claustro de profesorado
Por otra parte, el Título V de la LOE (que mantiene la LOMCE), desarrolla la Participación, autonomía y gobierno de los centros. En el Capítulo III encontramos la normativa referida a los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.
Respecto a la composición del Consejo Escolar, Art. 126, dice:
1. El consejo Escolar de los centros públicos estrá compuesto por los siguientes miembros:
a) El Director/a del centro, que será su Presidente/a.
b) El Jefe/a de estudios.
c) Un concejal/a o representante del Ayuntamiento en el término municipal del que se encuentre el centro.
d) Un número de profesorado, elegido por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
Punto setenta y nueve de la LOMCE: El párrafo d) del apartado 1 del artículo 126 queda redactado de la siguiente manera: d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.
e) Un número de padres-madres y de alumnado, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.
g) El Secretario/a del centro, que actúa como Secretario/a del Consejo, con voz y sin voto.
5. El alumnado podrá ser elegido miembro del Consejo Escolar a partir del primer curso de la ESO. No obstante, el de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrá participar en la selección o el cese del Director/a.
El alumnado de educación primaria podrá participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
En el Artículo 127 encontramos las competencias del Consejo Escolar.
Punto ochenta de la LOMCE. El artículo 127 queda redactado de la siguiente forma:
El consejo escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
En relación a los derechos y deberes de las familias, en el artículo cuarto de la LODE encontramos:
1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:
a) Que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
b) A elegir centro docente tanto de público como diferente de los creados por los poderes públicos.
c) Que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.
e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.
g) A ser escuchados en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
En el ROF (Decreto 233/1997 de 2 de septiembre), el Título III, sobre la 'Participación de los padres y madres de alumnos en el centro' se recoge:
Art. 72 1. En las escuelas de Educación Infantil y Primaria, podrán existir las asociaciones de padres y madres de alumnos reguladas en el Decreto 126/86 de 20 de octubre, del Consejo de la Generalitat Valenciana. Estas son entidades para la participación y colaboración en el funcionamiento de los centros educativos, a través de los órganos que los son propios:
- La presidencia del AMPA legalmente constituida al centro.
- La junta directiva del AMPA legalmente constituida en el centro.
2. Ámbitos de participación
En cuanto a la mejora del rendimiento académico:
- Autonomía para el estudio de sus hijos.
- Deberes para casa.
- Uso de la Agenda Escolar.
- Animación y hábitos de lectura.
- Técnicas de estudio.
- Presentación y archivo de trabajos.
- Orden escolar.
En relación a la mejora de la convivencia:
- Inteligencia Emocional.
- Autonomía.
- Buenas prácticas de relación con el centro.
- Medidas frente a medidas inadecuadas.
- Colaboración con los profesores.
- Actividades de convivencia de las familias.
Respecto a la colaboración en la Organización del Aula, del Ciclo y del Centro:
- Vocales de clase.
- Aportación de propuestas.
- Decoración.
- Gestión económica compartida.
- Colaboración salidas y talleres.
3. Dificultades
Los principales problemas que se planteas para la participación en los centros son:
- Claustritis.
- Corporativismo (de docentes y de padres)
- Burocratización en los consejos escolares y poca participación.
- Falta de políticas institucionales.
- Micropolítica de los centros.
- Falta de preparación de los directivos.
- Falta de información.
- Falta de tiempo.
4. Medidas para fomentar la participación
Algunas de las medidas que se pueden llevar a cabo en un centro educativo para fomentar la participación pueden ser:
- Fomentar la formación para la participación.
- Promover mecanismos de información entre toda la comunidad educativa.
- Planificar y promover que todos los miembros de la comunidad educativa asuman funciones de responsabilidad concreta en cada escuela: PEC y comisiones de trabajo.
- Facilitar que los consejos escolares sean verdaderos órganos de participación.
- Mayor autonomía en los centros.
- Fomentar el asociacionismo entre las familias: escuelas de padres.
- Aumentar los mecanismos de información entre toda la comunidad educativa.
Práctica 8.
En esta clase de prácticas, realizamos un ejercicio relacionado con los problemas de convivencia en el aula.
La profesora nos dio una hoja en la que había tres casos sobre alumnos conflictivos y nos explicaba con detalles cada uno de los casos. Una vez que leímos la situación de cada uno de ellos, en los grupos de prácticas, teníamos que decidir si cada una de las faltas era muy grave, grave o leve, y proponer medidas para solucionar estos casos.
Por ejemplo, uno de los casos consistía en que en clase se había producido un conflicto entre dos alumnos, cuando uno de ellos le pidió el borrador al otro y al no dejárselo le insulto. Tras debatir sobre este caso y consultar la Orden del 12 de septiembre de 2007, por la que se regula la notificación de incidencias que alteren la convivencia escolar, decidimos que este caso era leve. Además, como medidas para solucionar este caso propusimos, en primer lugar, echarlo de clase para que se de cuenta de que lo que ha hecho no ha sido correcto. Por otro lado, hablar con el alumno que había insultado a su compañero para preguntarle que porque actuó de esa manera, y para hacerle reflexionar de que lo que hizo estuvo mal. También deben hablar entre ellos para solucionar el problema, ya que el otro compañero le podía haber dejado el borrador sin ningún problema.
Con la realización de esta práctica, hemos aprendido mejor a clasificar los conflictos más comunes que pueden aparecer en un aula y también algunas medidas que podemos utilizar para solucionarlos.
La profesora nos dio una hoja en la que había tres casos sobre alumnos conflictivos y nos explicaba con detalles cada uno de los casos. Una vez que leímos la situación de cada uno de ellos, en los grupos de prácticas, teníamos que decidir si cada una de las faltas era muy grave, grave o leve, y proponer medidas para solucionar estos casos.
Por ejemplo, uno de los casos consistía en que en clase se había producido un conflicto entre dos alumnos, cuando uno de ellos le pidió el borrador al otro y al no dejárselo le insulto. Tras debatir sobre este caso y consultar la Orden del 12 de septiembre de 2007, por la que se regula la notificación de incidencias que alteren la convivencia escolar, decidimos que este caso era leve. Además, como medidas para solucionar este caso propusimos, en primer lugar, echarlo de clase para que se de cuenta de que lo que ha hecho no ha sido correcto. Por otro lado, hablar con el alumno que había insultado a su compañero para preguntarle que porque actuó de esa manera, y para hacerle reflexionar de que lo que hizo estuvo mal. También deben hablar entre ellos para solucionar el problema, ya que el otro compañero le podía haber dejado el borrador sin ningún problema.
Con la realización de esta práctica, hemos aprendido mejor a clasificar los conflictos más comunes que pueden aparecer en un aula y también algunas medidas que podemos utilizar para solucionarlos.
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