domingo, 22 de noviembre de 2015

Tema 3. Documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro.

1. Normativa de referencia

TÍTULO V. Participación, autonomía y gobierno de los centros LOE
En el Capítulo II. Autonomía de los centros encontramos el Art. 121. El proyecto Educativo, el Art. 123. El proyecto de Gestión, y el Art. 124. Normas de Funcionamiento.

2. Proyecto Educativo de Centro

El Proyecto Educativo de Centro es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos, un instrumento para la convergencia educativa del centro, y una invitación a la innovación para los profesionales y padres. Además, tiene que ser una especificación de las normas de identidad del centro y buscar un modelo educativo ideal.

Los contenidos del PEC se basan en un punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro. Así, en él podemos encontrar los valores, objetivos y prioridades de actuación del centro, la concreción de los currículums y la transversalidad, el Plan de Acción Tutorial, el Plan de Normalització lingüística, el Plan para el fomento de la lectura, el Plan de transición de la E. Pr. a la ESO, el Reglamento de Régimen Interno, el diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro, las medidas de atención a la diversidad, etc.

Su publicación e información se llevará a cabo por el director/a del centro educativo, además de ser quien lo aprueba.
Lo elabora el equipo directivo con las directrices del consejo escolar, las propuestas del claustro y la AMPA.

Por último, sus principios son la no discriminación, la inclusión educativa, el acceso a la Comunidad Educativa, la orientación por parte de la Administración Educativa, la coordinación Primaria-IES, y los modelos de programación.



3. Proyecto de Gestión

Según el Titulo V. Cap II. Art. 122. y Art. 123. los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad y podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar. Además, los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.

El proyecto de Gestión está formado por el protocolo de acogida del profesorado, la asignación de tutorías, los criterios de confección de los horarios, el criterio de sustituciones, el plan anual de formación del profesorado, el plan de seguridad y salud laboral, etc.

4. Proyecto Curricular

Los proyectos curriculares concretan y completan el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.

Algunos de sus contenidos son los criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio-temporal, la distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria, la adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar, cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias, etc.

Los proyectos curriculares son coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.

Sus órganos de coordinación son los equipos de ciclo, la Comisión de Coordinación Pedagógica y los tutores.

5. Reglamento de Régimen Interno

El Reglamento de Régimen Interno (RRI) es un conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por las que se regula la convivencia en el centro.

Sus contenidos son la organización para la participación de todos, la organización y reparto de responsabilidades, los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen, y la organización de los espacios del centro.

El RRI será aprobado por el Director/a del centro. Además, en su elaboración el Claustro podrá aportar criterios y propuestas, y el AMPA podrá aportar propuestas para su modificación.

6. Programación General Anual

La Programación General Anual (PGA) la elaboran los centros al principio de cada curso y reúne todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación. Además, facilita el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobierno del centro y de coordinación y participación.

En sus contenidos encontramos el Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso, el PEC y sus modificaciones, los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios, el programa anual de actividades extraescolares, el programa anual de formación permanente del profesorado, etc.


 
La coordinación de su elaboración pertenece al equipo directivo de acuerdo con las directrices del consejo escolar, las propuestas del Claustro y el AMPA.

Por último, su aprobación pertenece al Director/a del centro.

7. Régimen Económico del Centro

Según la Orden 18 de Mayo de 1995 (40 puntos) los directores de los centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.

Algunas de sus características son: buena organización y funcionamiento de los Centros, transparencia en el gasto, autonomía en la gestión económica y financiera, los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente, los centros dispondrán de una sola cuenta corriente, una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos, una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro, etc.

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